sábado, 10 de octubre de 2015

683.626 VOLKSWAGEN TRUCADOS EN ESPAÑA



El grupo Volkswagen vendió en España 683.626 vehículos de sus marcas, equipados con motores diésel EA 189 UE 5, trucados para que en los tests de emisiones diesen resultados inferiores a sus emisiones reales.

De la cifra total comercializada en España que identificado el grupo como trucados: 257.479 son de la marca Volkswagen, 221,783 de Seat, 147.095 de Audi, 37.082 de Skoda y otros 20.187 son vehículos comerciales de Volkswagen.

LISTA OFICIAL DE VEHÍCULO AFECTADOS DEL GRUPO VOLKSWAGEN



La información sobre los 11 millones de vehículos equipados con los motores diésel EA 189 trucados del Grupo Volkswagen sigue sin ser clara, pero si se puede empezar a ofrecer listas oficiales

De este Grupo automovilístico la única información oficial disponible hace referencia al Golf de la sexta generación, al Passat de la séptima generación y la primera generación del Tiguan

La empresa alemana asegura  que los vehículos nuevos de la marca Volkswagen cumplen con la normativa europea UE6, algo que incluye los nuevos modelos del Golf, Passat y Touran.

Audi
A través de un portavoz y en declaraciones a la cadena de televisión germana N-TV, Audi ha precisado que un total de 2,1 millones de coches de la firma cuentan con el dispositivo trucado. Son los modelos A1, A3, A4, A5, A6, el Q3, Q5 y el deportivo TT equipados con los motores turbodiésel de 1,6 y 2 litros.

En el caso de Audi, aún no se ha precisado en qué fábricas se produjeron y dónde se han vendido. Los últimos coches fabricados también cumplen con la legislación europea EU6.

Skoda
De Skoda hay un total de 1,2 millones de sus vehículos con el motor trucado, tal y como ha informado un portavoz de la empresa a la agencia pública de noticias checa CTK. Los modelos afectados son los Fabia, Roomster, Octavia y Superb fabricados entre 2009 y 2013.

Seat
Sin especificar modelos ni años de producción, Seat ha informado a través de un comunicado que un total de 700.000 vehículos con los motores diésel EA189 incorporan el «software» manipulado. Es decir, un 6,3% de los 11 millones de coches afectados en todo el mundo.

Seat solo ha concretado que estos coches se han distribuido por toda la red mundial de la compañía y que está investigado ahora cuántos de ellos se vendieron en cada mercado. Los modelos Ibiza, León, Exeo, Altea y Alhambra se encuentran bajo sospecha.

Desde la automovilística han comunicado que los propietarios de estos coches serán citados a los centros autorizados de servicio para realizar la revisión técnica correspondiente. También se habilitará un motor de búsqueda de modelos en la página web de Seat.
Volkswagen Vehículos Comerciales

Volkswagen Vehículos Comerciales
El director de comunicación de Volkswagen Vehículos Comerciales ha informando a la prensa de que un total de 1,8 millones de utilitarios comerciales estarían equipados con el motor que incluye el dispositivo para manipular las emisiones.
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viernes, 9 de octubre de 2015

LAS ACCIONES JUDICIALES CIVILES



- La acción de nulidad por error en el consentimiento y dolo (artículos 1265 y siguientes del Código Civil español), que tendría los efectos previstos en el art. 1303 del mismo Código.

- La acción de resolución por incumplimiento contractual prevista en el art. 1124 del Código Civil español.

- La acción de daños y perjuicios del art. 1101 del Código Civil español.

(En la jurisdicción penal, de momento, sólo contemplamos una querella colectiva ante la Audiencia Nacional, donde en octubre de 2015 se abrieron diligencias de investigación.

MODELOS DE VEHÍCULOS AFECTADOS POR EL TRUCAJE (OCT. 2015)



AUDI A3 (2010 – 2015); GOLF (2010 – 2015); GOLF SPORTWAGEN (2015) Y PASSAT (2012-2015), JETTA (2009 – 2015); JETTA SPORTWAGEN (2009-2014); BEETLE (2012 – 2015); BEETLE CONVERTIBLE (2012-2015).

LOS BENEFICIOS DE LA MARCA VOLKSWAGEN (Y LAS CONSECUENCIAS)

La marca de vehículo alemana aumentó el precio de sus vehículos en 6.000 dólares cada uno por la tecnología “diésel-limpia” que decía que implantaba.


El truco convertía al vehículo en uno de los coches más respetuosos con el medio ambiente del mercado.

El escándalo ha supuesto la caída de las acciones de la firma en un 40% en 48 horas.

Se espera una avalancha de demandas colectivas en Europa, en los Estados Unidos y en Canadá.

¿QUÉ TIPO DE ACCIONES JUDICIALES SE PUEDEN TOMAR?


Al margen de las diligencias de investigación penales que ha abierto la Audiencia Nacional, los ciudadanos afectados pueden emprender acciones judiciales en la jurisdicción civil.

El Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, se refiere a la denominada “garantía” de lo que se adquiere, en este caso un vehículo. La Ley de defensa de los consumidores establece que el vendedor está obligado a entregar al consumidor y usuario, productos que sean conformes con el contrato que se suscribe, respondiendo frente a él de cualquier incumplimiento que se produzca sobre el estado o la calidad de lo que se adquiere.

1º OPCIÓN CIVIL
El consumidor tiene derecho, en vía amistosa y judicial, a exigir la reparación o la sustitución del producto, salvo que una de estas dos opciones resulte objetivamente imposible o desproporcionada. Si se hubiera exigido la reparación y no se estuviera conforme, se puede exigir la sustitución, la rebaja del precio o la resolución del contrato. Esto último significa poder recuperar el dinero a cambio de entregar el vehículo.

En todos los caso el consumidor podrá reclamar los daños y perjuicios que la falta de conformidad del producto le hubiera ocasionado.

Dos cuestiones relevantes:

Cualquiera de las opciones no debe tener ningún coste para el consumidor y deberán llevarse a cabo en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el consumidor y usuario.
  
El plazo de prescripción, esto es, el plazo en el que el vendedor ha de responder de los vicios ocultos o de las faltas de conformidad contractual es de dos años.


2ª OPCIÓN CIVIL
Otro recurso que del Derecho español es el saneamiento por vicios ocultos. El Código Civil establece que el vendedor estará obligado al saneamiento por los defectos ocultos que tuviere la cosa vendida, esto es, a arreglar la cosa si se puede.

Se trata de un incumplimiento contractual puesto que o bien no se puede hacer el uso a que está destinada, o si éste disminuye de tal modo que, de haberlos conocido el comprador, no la habría adquirido o habría dado menos precio por ella.

En estos casos el afectado por un coche trucado podrá optar entre desistir del contrato, abonándosele los gastos que pagó, o rebajar una cantidad proporcional del precio, a juicio de peritos. Y si el vendedor conocía los vicios o defectos ocultos de la cosa vendida y no los manifestó al comprador.

Se podrá exigir indemnización por los daños y los perjuicios sufridos, si el comprador afectado opta por la rescisión, esto es la ruptura legal del contrato, debiendo devolver en este caso el vehículo trucado. Es importante tener en cuenta los breves plazos de prescripción en estos casos, que es de 6 meses.


3ª OPCIÓN CIVIL

Los consumidores afectados por los coches trucados tienen una tercera vía. La que otorga el artículo 1124 del Código Civil español, consistente en que el comprador ante el incumplimiento del vendedor, que no ha entregado el vehículo con las características pactadas, tiene la facultad de resolver la obligación, ya que el  vendedor no ha cumplido con lo que le incumbía, en este caso entregar un vehículo conforme a lo contratado.

En esta tercera vía en el orden civil el perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de los daños y el abono de intereses en ambos casos.


4ª OPCIÓN CIVIL
Es la denominada búsqueda de la nulidad del contrato por vicios en el consentimiento, ya que este fue otorgado con deficiencias en la información y con engaño, esto es con dolo.

En el Código Civil español hay dolo cuando, con palabras o maquinaciones insidiosas de parte de uno de los contratantes, el otro es inducido a celebrar un contrato que, sin ellas, no hubiera dado su consentimiento.

El dolo en el consentimiento puede ser causa de nulidad del contrato, pero sólo cuando es grave y no ha sido empleado por las dos partes contratantes. El denominado dolo incidental, es decir, el engaño que no es determinante para la perfección del contrato, pero sí para aceptar unas condiciones más onerosas, sólo obliga al que lo empleó a indemnizar en daños y perjuicios.

Los letrados y juristas de KNM Abogados, el despacho de abogados que lleva la asesoría jurídica de la Asociación de Afectados por los Coches Trucados, recomiendan que se escoja la vía civil que se escoja se alegue siempre la concurrencia de dolo civil.

Cualquier información complementaria puede ser formulada directamente al equipo jurídico en info@knm-abogados.es o en el teléfono móvil 698.125.372